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Inicio Hoteles y Alojamiento

El Supremo anula el Registro Único de viviendas turísticas y abre la puerta a reclamaciones millonarias del sector turístico

Por Carmen Sastre
A A
Supremo Registro Único viviendas turísticas

Un cartel anuncia una vivienda de uso turístico / TI

FEVITUR estudia acciones patrimoniales contra el Estado por los daños causados a propietarios de viviendas de uso turístico

  • Bruselas declara ilegal la duplicidad de registros en viviendas turísticas: fecha límite 20 de mayo de 2026

El Supremo ha anulado el Registro Único de Arrendamientos de corta duración previsto en el Real Decreto 1312/2024 y ha provocado un giro de alcance jurídico, económico y competencial para el sector de las viviendas de uso turístico en España. La decisión del Alto Tribunal desmonta el modelo estatal que, según la patronal FEVITUR, había convertido a los Registradores de la Propiedad en un filtro de acceso al mercado para alojamientos que ya estaban inscritos y regulados por las comunidades autónomas.

La Federación Española de Asociaciones de Viviendas y Apartamentos Turísticos, FEVITUR, analiza ahora posibles reclamaciones patrimoniales contra el Estado por los perjuicios ocasionados a propietarios y operadores afectados. La organización estima que el impacto económico podría alcanzar los 160 millones de euros, con un coste medio de unos 33.000 euros por propietario entre reservas perdidas, gastos añadidos, bloqueos operativos e inseguridad jurídica.

Una sentencia contra la recentralización del control turístico

La resolución del Supremo tiene su origen en el recurso presentado por la Generalitat Valenciana contra el Registro Único de Arrendamientos. El tribunal concluye que el Estado no tenía competencia para crear un registro administrativo con efectos habilitantes sobre una actividad cuya regulación corresponde, en gran medida, a las comunidades autónomas.

Para FEVITUR, la sentencia confirma una advertencia que el sector venía realizando desde hace meses: el problema no era la transparencia, la digitalización ni el intercambio de datos exigido por la normativa europea, sino el diseño de un sistema estatal paralelo que duplicaba controles y condicionaba la comercialización de viviendas ya autorizadas por las administraciones autonómicas.

“Regular no es duplicar, coordinar no es intervenir y armonizar no es recentralizar”, defiende Silvia Blasco, presidenta de FEVITUR y APTURCV. La representante del sector considera que la anulación del registro estatal obliga a abrir una nueva etapa basada en un modelo “más inteligente, interoperable y respetuoso con el reparto competencial y con la seguridad jurídica”.

Miles de viviendas legales quedaron atrapadas en el sistema

El Registro Único de Arrendamientos fue concebido como parte de la adaptación española al Reglamento Europeo 2024/1028, orientado a mejorar la calidad de los datos sobre alquileres de corta duración y facilitar la cooperación entre administraciones y plataformas digitales.

Sin embargo, según FEVITUR, el desarrollo español fue mucho más allá de ese objetivo. El sistema superpuso un nuevo procedimiento registral sobre los registros turísticos autonómicos ya existentes y utilizó el número estatal como requisito práctico para operar en plataformas digitales.

En la práctica, miles de viviendas de uso turístico legalmente inscritas, sometidas a tributación, inspección y normativa autonómica, vieron limitada su actividad por incidencias registrales ajenas al ámbito turístico. El modelo otorgó a los Registradores de la Propiedad una función que, según la patronal, excedía la simple identificación administrativa y condicionaba la posibilidad de comercializar online determinados alojamientos.

FEVITUR reclama seguridad jurídica para el alquiler de corta duración

La patronal sostiene que el sistema generó retrasos, costes adicionales y una alteración de la competencia entre operadores que cumplían las mismas obligaciones autonómicas. También critica que el debate público se haya construido en torno a una narrativa que atribuye al alquiler de corta duración una responsabilidad directa en la crisis de acceso a la vivienda.

La sentencia del Supremo no elimina la coordinación administrativa ni las obligaciones de información. El Alto Tribunal mantiene la Ventanilla Única Digital, el intercambio de datos y la colaboración entre administraciones para cumplir con las exigencias europeas. También preserva la vigencia de los registros turísticos autonómicos y las competencias inspectoras y sancionadoras de las comunidades autónomas en materia de turismo, urbanismo y disciplina administrativa.

Para FEVITUR, este punto es clave: el sector no rechaza la regulación ni la trazabilidad, sino la creación de estructuras duplicadas que generen inseguridad y limiten la actividad de operadores legales.

Reclamaciones por hasta 160 millones de euros

Tras la decisión judicial, FEVITUR ha iniciado la recopilación de documentación y casos concretos de propietarios afectados. El objetivo es cuantificar con mayor precisión los daños sufridos y valorar la presentación de reclamaciones patrimoniales frente al Estado.

La organización considera que la anulación del Registro Único de Arrendamientos refuerza la posición de quienes sufrieron pérdidas económicas por bloqueos, revocaciones o dificultades para obtener o mantener el número estatal exigido para operar en plataformas.

El fallo del Supremo abre así un nuevo escenario para el alquiler turístico en España. La sentencia desactiva el modelo estatal anulado, mantiene la cooperación digital exigida por Europa y devuelve el foco al marco autonómico como base de la regulación del sector. Para FEVITUR, el reto ahora es construir un sistema que garantice transparencia y control sin imponer barreras duplicadas a viviendas que ya operan conforme a la legalidad.

Etiquetas: AlujamientoPisos turísticosViviendas de uso turísticoVUT
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